La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió la Resolución General 5489/202, publicada en el Boletín Oficial, en donde que establece nuevos requisitos, plazos y condiciones para los contribuyentes y/o responsables bajo ciertas secciones específicas de la Ley de Impuesto a las Ganancias: sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros, que practiquen balance comercial.
La normativa se centra en los contribuyentes que deben realizar un sistema contable que les permita confeccionar balances en forma comercial, y esto es fundamental para la determinación e ingreso del impuesto a las ganancias, sostiene el texto oficial.
Esta nueva versión, denominada "Versión 24.0", posee algunas modificaciones:
Apertura del dato correspondiente al Ajuste por Inflación en los campos "Ajuste Estático" y "Ajuste Dinámico" y la actualización de los montos de la escala del artículo 73 de la ley del gravamen, vigentes a partir del 1° de enero de 2024.