La Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro aprobó hoy que los ochos acusados de haber participado en la muerte del astro futbolístico Diego Armando Maradona, vayan a juicio por haber el delito de “homicidio simple con dolo eventual”, como lo habían pedido el año pasado fiscales y el juez de la causa.
Con esta nueva confirmación, los imputados se enfrentarán, a través de juicio oral, a un posible pedido de pena que va entre los 8 y 25 años de cárcel. La decisión fue tomada de forma unánime en un fallo de la Sala III del mencionado tribunal de alzada, compuesta por los camaristas Carlos Fabián Blanco, Gustavo Adrián Herbel y Ernesto García Maañón.
Los imputados en la causa son el neurocirujano Leopoldo Luque (41),, la psiquiatra Agustina Cosachov, (37), los otros seis imputados que tiene la causa son el psicólogo Carlos Ángel "Charly" Díaz (30); la médica coordinadora de la prepaga Swiss Medical, Nancy Edith Forlini (53); el coordinador de enfermeros Mariano Ariel Perroni (41); los enfermeros Dahiana Gisela Madrid (38) y Ricardo Omar Almirón (39); y el médico clínico Pedro Pablo Di Spagna (49).
Al justificar la resolución, los jueces explicaron: “La acusación pública efectuó una completa descripción del Hecho 1 (el homicidio con dolo eventual de Maradona), enumerando las acciones u omisiones que consideraron reprochables a cada uno de los imputados y que, a su entender, habrían incidido en el fatal desenlace endilgado”.
“La fiscalía inicia su imputación indicando quienes se encontraban a cargo de la atención del paciente, ubicando en tiempo y lugar la situación apuntada, para luego referirse específicamente a cómo fue el desempeño de cada uno de ellos, según los roles asumidos, estableciendo de qué modo sus inconductas determinaron la muerte de Maradona”, dice en su voto el juez Herbel.
Los jueces de la Cámara también contemplaron la Junta Médica clave que complicó a los ocho responsables de la salud imputados y negó conceder los sobreseimientos y el cambio de calificación que habían propuesto varias de las defensas, entre ellas las de Luque y Cosachov, por la figura del “homicidio culposo” (con una pena menor de 1 a 5 años de cárcel).
De todos modos, en lo que sí los camaristas resolvieron a favor de las defensas fue en modificar parcialmente la elevación a juicio en relación a los denominados Hechos 2 y 3, imputados a Luque y Cosachov, referidos al "uso de documento privado falso" que le imputaban al neurocirujano por haber presuntamente usado una firma falsificada de Maradona para pedir una historia clínica; y a la "falsedad ideológica" por la que se acusaba a la psiquiatra por haber supuestamente confeccionado un certificado de aptitud mental de Diego sin ir a visitarlo antes.