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Caso Fernando Báez Sosa: la querella apeló al falló y solicitó la pena de prisión perpetua para tres de los condenados

El equipo de Fernando Burlando apeló a la sentencia dictada contra los ochos condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa al sostener que las pruebas no fuero...
Martes, 28 de febrero de 2023 a las 19:07

Los abogados de los padres de Fernando Báez Sosa apelaron ante el Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires el falló que condenó a una pena de 15 años de cárcel para los tres jóvenes declarados partícipes secundarios del homicidio doblemente agravado. En contradicción, la querella sostuvo que fueron coautores del hecho y por ello deben ser castigados con prisión perpetua, al igual que los otros cinco condenados.

El recurso de apelación fue presentado por los letrados Fernando Burlando, Fabián Améndola, Facundo Améndola y Germán Facio, representantes de los padres de la víctima, Silvino Báez y María Graciela Sosa Osorio, en su carácter de particulares damnificados.

Al igual que lo hicieron días atrás los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García, quienes llevaron adelante la acusación ante el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Dolores, los abogados consideraron que en el debate quedó acreditado que los ocho acusados fueron coautores del delito de "homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, en concurso ideal con lesiones leves", por lo que deben recibir la pena de prisión perpetua.

La apelación es puntualmente contra la decisión de los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lázzari y Christian Rabaia de condenar el 6 de febrero último a Blas Cinalli, de 21 años, Ayrton Viollaz, de 23 y Lucas Pertossi, de 24 años, a 15 años de cárcel como partícipes secundarios del homicidio de Fernando mientras que a Máximo Thomsen, de 23, Enzo Comelli, de 23, , Matías Benicelli, de 23, y Luciano, de 23 y Ciro Pertossi, de 22, recibieron la pena de prisión perpetua por la coautoría del asesinato cometido el 18 de enero de 2020 en la puerta del boliche "Le Brique" de Villa Gesell en prejuicio de Fernando Báez Sosa, de 18 años.

Los letrados consideraron "absurdo" o una "arbitrariedad" la sentencia "por carencia de logicidad en la fundamentación y falsa motivación en la determinación del momento en el que se verifica el dolo homicida", al igual que en la "selección y valoración de la prueba para entender como secundaria la participación de los condenados" Cinalli, Lucas Pertossi y Viollaz.

Además, justificaron la apelación al considerar la "errónea aplicación de un precepto legal: concretamente al entender como secundaria la participación de los condenados". En estos términos, el equipo querellante solicitó a Casación que modifique la sentencia dictada en esos tres casos.

"El método de la sana crítica racional y la lógica que debió imperar para arribar a dicho convencimiento, ha transpuesto los límites de la recta razón. Y en esto yace la arbitrariedad que se denuncia: en que no se ha fundado la conclusión y su decisión final en elementos de prueba concretos valorados de conformidad con los dictados de la lógica y de la experiencia común", se puede leer en un tramo de la apelación.

Asimismo, los abogados de la querella definieron como "incoherente" la conclusión del tribunal sobre que esos tres jóvenes fueron partícipes secundarios y no autores del crimen.

Además, ratificaron que "sin ningún tipo de fundamento, sin exponer el íter por el que llega a una conclusión totalmente arbitraria" el Tribunal "hace coincidir la aparición del dolo homicida con el momento en que Fernando Báez Sosa queda de rodillas e indefenso en el suelo" sin tener en cuenta si “la pluralidad de indicios con los que se demuestra el dolo homicida”.

"En ningún momento explica el Tribunal cómo es que llega a concluir que el plan inicial incluía solamente atacar a golpes a Fernando Báez Sosa y no, como entendemos desde la acusación, causarle la muerte", enfatizaron los abogados.

Para el equipo que integra el abogado Fernando Burlando, Viollaz, Cinalli y Lucas Pertossi aptovecharon “el estado de indefensión de la víctima, “con claras intenciones de acabar con su vida, continuaron formando parte del grupo que agredía a Fernando Báez Sosa en forma brutal y con el inequívoco propósito de llevarse su vida como trofeo".

Específicamente sobre Viollaz, los letrados sostuvieron que fue quien "dio la orden para el inicio de la agresión y participó de la misma, en un primer término agrediendo a Fernando y posteriormente a los amigos de la víctima que intentaron auxiliarlo, de esta forma impidiendo cualquier tipo de ayuda a la misma, impidiendo cualquier intento de fuga de Báez Sosa y asegurando de esta forma el resultado muerte".

Por otra parte, al hablar del estado de Lucas Pertossi, recuerdan que fue él quien "envía un audio al grupo de WhatsApp que mantiene con los imputados donde dice 'amigo estoy acá cerca de donde está el pibe y están todos ahí a los gritos, está la policía, llamaron a la ambulancia, caducó", en clara referencia a Fernando como único destinatario de la agresión.

Por último, sobre Cinalli, la querella sostuvo que, "bajo la uña del dedo meñique de la mano izquierda de Fernando, se encontró ADN" suyo, lo que es "una muestra clara de que tuvo contacto directo con la víctima".

"En base a todo lo expuesto hasta aquí es que consideramos que el Tribunal ha incurrido en arbitrariedad o absurdo en la selección y valoración de la prueba con la que se tiene por acreditada una participación secundaria" de los tres condenados a 15 años de prisión.